Actualidad

Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo. ¿Hay que celebrarlo?

Martes, 28 Abril, 2026

Cuando todavía las frías cifras arrojan el dato de dos fallecimientos al día como consecuencia del trabajo, cabe preguntarse si avanzamos en la Prevención de Riesgos Laborales o si lo hacemos de manera suficiente.

Si hacemos balance desde que se promulgó la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales hasta nuestras fechas, en las que se avecina una reforma de la misma, no cabe duda de que las cifras han mejorado, pero parece que perdemos muchos más esfuerzos en tener documentados todos los aspectos relacionados con un posible accidente que en evitarlo.

Por ejemplo, en nuestro campo, el de la Construcción, llevamos más de 28 años redactando Estudios y Estudios Básicos y Planes de Seguridad y Salud (en adelante ESS, EBSS y PSS, respectivamente) por lo que podemos afirmar, sin ninguna duda, que disponemos de una dilatada experiencia en este tema. Sin embargo, ¿son útiles en la obra? ¿Realmente se consulta el PSS para la ejecución de los trabajos? Sabemos que, salvo contadísimos casos, no se emplean para nada.

Ni que decir tiene que, si el punto de partida para la redacción del PSS es el ESS o el EBSS, se debería comenzar por un análisis previo del mismo junto con el Proyecto de Ejecución de la obra. Este análisis deberá ser contrastado con la información que posee el contratista, sobre los medios, equipos de trabajo, medios auxiliares, sistemas de protección y procedimientos de trabajo que, efectivamente, serán utilizados en la obra.

Por consiguiente, el PSS debería estar redactado (y suscrito) no solo por las personas con conocimientos y responsabilidad en Prevención de Riesgos Laborales, sino también por quienes tienen el conocimiento técnico de cómo va a ejecutarse la obra, con qué maquinaria, medios auxiliares, etc. 

De esta manera, se conseguiría una evaluación real de los riesgos previsibles y, con ello, una integración de las medidas preventivas en el proceso de ejecución de las diferentes unidades de la obra.

¿Cuál es la realidad 28 años después de la entrada en vigor del RD 1627/97?

A comienzos de este año, hice un análisis de los PSS que había recibido e informado durante el último trimestre de 2025 con el resultado siguiente:

Del análisis de los datos anteriores, extraje las siguientes conclusiones:

- La mayoría de los PSS son más extensos que los ESS.

- A mayor presupuesto, mayor número de páginas del PSS.

- En muy pocos casos, se tiene en cuenta el ESS del proyecto a la hora de redactar el PSS.

- La mayoría de los PSS no tienen en cuenta las características propias del entorno de trabajo donde se ejecutan las obras.

- Los PSS siguen el formato o plantilla de quien los redacta, independientemente de la tipología de la obra.

- Solo en un PSS se incluía la firma del futuro Jefe de Obra.

- En varios casos, los PSS habían sido redactados por personas de un servicio de prevención ajeno distinto del que tenía contratada la empresa.

Como vemos, la situación actual es más documental que práctica, pero llegamos a la era de la Inteligencia Artificial (iA) y esto puede cambiar. Veremos el resultado dentro de un par de años, ya que presumiblemente los ESS, EBSS y PSS mejorarán en sus contenidos, pero el reto seguirá siendo su aplicación práctica durante la ejecución de la obra. Es ahí donde las figuras clave en la prevención (desde el Jefe de Obra hasta el Recurso Preventivo), deben avanzar en el convencimiento y en el cumplimiento de sus funciones para que continuemos mejorando los datos.

De nada sirve tener todo “bien documentado†si luego no se integra la prevención en el proceso constructivo o se anteponen medidas preventivas a la ejecución de los trabajos.

Hace unos meses, asistí a una jornada organizada por los Institutos de Seguridad y Salud de la cornisa cantábrica en la que presentaron un Manual para el Recurso Preventivo en el que se detallan, de manera simple, las cualidades necesarias que deben cumplirse para su nombramiento, así como las cuestiones principales de su cometido, ofreciendo una serie de fichas de ayuda para ello.

Meses y campañas de divulgación después, el manual no se emplea, por lo que todos sabemos que ocurre en las obras entre temores de índole laboral y otras de ámbito judicial. Esto nos lleva a la eterna situación de ¿quién le pone el cascabel al gato?

Artículo firmado por Jorge Goldaracena, Decano de la Zona de País Vasco del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Experto en Seguridad y Salud en el Trabajo y en Prevención de Riesgos Laborales. 

Una fecha destacada en 2026

La Organización Internacional del Trabajo promulgó el 28 de abril como el Día de la Seguridad y Salud en el Trabajo en 2003. Una cita destacada por empresas y trabajadores para poner el foco en la salvaguarda de los empleados. 

A este evento anual, se suma, en 2026, la promulgación del Año de la Seguridad y Salud en el Trabajo por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Esto se debe al trigésimo aniversario de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que “supuso un hito histórico y sirvió de referencia para sentar las bases de una cultura de la prevención en nuestro paísâ€. 

Por todo ello, el 28 de abril de 2026 es doblemente significativo en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo, área destacada del desempeño de la Ingeniería Civil.