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Día Internacional de la Seguridad y de la Salud en el Trabajo

Jueves, 28 Abril, 2022

Hoy, 28 de abril de 2022, se celebra el Día Internacional de la Seguridad y de la Salud en el Trabajo. Como en ocasiones anteriores, el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas participa, de manera activa, en dicha celebración, especialmente en lo relacionado con la Ingeniería Civil.

Tal y como explica la Organización Internacional del Trabajo, “El Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, que se celebra anualmente el 28 de abril, promueve la prevención de los accidentes y las enfermedades profesionales en todo el mundo. El Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo 2022 se centra en potenciar el diálogo social hacia una cultura de la seguridad y la saludâ€. 

En los últimos años, en España, se ha continuado con una política de fomento de medidas normativas para la consecución de mejores condiciones de trabajo, especialmente en lo relativo a la seguridad. No obstante esto, según algunos últimos datos, ésta podría estar también delimitada por el tiempo de contrato al que viene sujeto el empleado. 

Tal y como publicaba El Economista el pasado 25 de abril, “los accidentes de trabajo (AATT) con baja en jornada sufridos por personas con contrato fijo discontinuo presentaron el año pasado una incidencia de casi el doble que los producidos en trabajadores con contrato indefinido a tiempo completo, según el informe elaborado por Comisiones Obreras (CCOO)â€.

De esta manera, el índice de incidencia de un fijo discontinuo es de “4.695,8 frente a los 2.767 de un indefinido a tiempo completo, lo que supone una mayor incidencia en la siniestralidad de en torno al 72%â€. 

En relación al sector con mayor número de accidentes graves, tal y como recogen estos datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la Construcción ocupa el primer puesto en cuanto a siniestralidad. 

Avance 2022

En el avance de datos recogidos en la “Estadística de accidentes de trabajo. Datos absolutos†del Ministerio de Trabajo y Economía Social, vemos que las cifras no son buenas. Si bien en enero-febrero de 2022 se ha producido un menor número de accidentes graves con respecto a 2021 (534 frente a 545), los mortales se han visto incrementados considerablemente.

En los dos primeros meses de este año, han fallecido 118 personas en el ámbito del trabajo. En 2021, en enero-febrero, la cifra fue de 90. En cuanto a la Construcción, ésta se posiciona en segundo lugar en la relación de accidentes de trabajo durante la jornada, por detrás del sector de la Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, con 28 incidentes mortales solo en enero y febrero, por encima de la comparativa de 2021. 

En cuanto a accidentes con baja totales, la Construcción se encuentra en el segundo puesto, por detrás de las Actividades Sanitarias y de Servicios Sociales y de la Industria Manufacturera, con 11.514 incidentes. 

Coordinación de Seguridad y Salud en el Trabajo

Para reducir la alta siniestralidad que se ha producido de manera tradicional en la Construcción, el 24 de octubre de 1997, se aprobó el Real Decreto 1627/1997 “por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcciónâ€.

Este RD se presenta como un paso más a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y establece dos definiciones básicas para nuestros Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles:

  • “Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra: el técnico competente designado por el promotor para coordinar, durante la fase del proyecto de obra, la aplicación de los principios que se mencionan en el artículo 8â€.
  • “Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra: el técnico competente integrado en la dirección facultativa, designado por el promotor para llevar a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9â€.

Si atendemos al artículo ocho, en lo referido al Coordinador en materia de Seguridad y de Salud durante la elaboración del proyecto de obra, encontramos las siguientes funciones asignadas:

1. “De conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios generales de prevención en materia de seguridad y de salud previstos en su artículo 15 deberán ser tomados en consideración por el proyectista en las fases de concepción, estudio y elaboración del proyecto de obra y en particular:

a) Al tomar las decisiones constructivas, técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que se desarrollarán simultánea o sucesivamente.

b) Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases del trabajo.

2. Asimismo, se tendrán en cuenta, cada vez que sea necesario, cualquier estudio de seguridad y salud o estudio básico, así como las previsiones e informaciones útiles a que se refieren el apartado 6 del artículo 5 y el apartado 3 del artículo 6, durante las fases de concepción, estudio y elaboración del proyecto de obra.

3. El coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra coordinará la aplicación de lo dispuesto en los apartados anterioresâ€.

En cuanto al artículo nueve, éste especifica las “obligaciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obraâ€:

El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones:

a) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:

1.o Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.

2.o Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.

b) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto.

c) Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 7, la dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.

d) Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

e) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.

f) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. La dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinadorâ€.

Pero, ¿qué profesionales pueden llevar a cabo la coordinación? En este caso, si bien se habla de las obras de Ingeniería Civil y de la Construcción incluidas en la nueva norma, no se especifica el tipo de profesional que ha de desempeñar el papel de Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo. 

El Real Decreto, así, determina que ha de ser un “técnico competente†que, se sobreentiende, conozca el trabajo en la Construcción de una manera profunda y detallada.

Por ello, los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles que, además cuentan con las competencias y con las atribuciones para desempeñar dicho rol, son los profesionales que, habitualmente, lo ejercen.

Esta legislación, fundamental junto con la Prevención de Riesgos Laborales, trata de minimizar el coste de vidas que se llevan sectores como el de la Construcción. De manera adicional, se ha aprobado Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, “de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajoâ€, que trata de fomentar el contrato indefinido en sectores como el de la Construcción, con una alta tasa de temporalidad. 

Todas estas medidas buscan una mejora de las condiciones de trabajo, con el Ingeniero Civil como máximo representante de la seguridad y salud en el entorno de la Construcción.

Más información, en la Organización Internacional del Trabajo.Â