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La Integración en la Economía Circular de los Residuos de Construcción y Demolición

Lunes, 29 Mayo, 2023

El último número de Cimbra, la revista de Ingeniería Civil del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, ya está disponible en formato online y gratuito. Entre los artículos incluidos en esta nueva edición, se encuentra este que os dejamos a continuación, que analiza la integración de la Economía Circular en los procesos de gestión de construcción y de demolición, ámbitos indispensables para la profesión. 

Durante los últimos años, hemos escuchado en múltiples ocasiones sobre la Economía Circular, pero realmente, ¿qué es y cómo integrarla en sector de la Ingeniería Civil? La Economía Circular trata de aportar un enfoque sostenible para el uso de los recursos naturales, muchos de ellos utilizados en el sector de la Ingeniería Civil. Está basada en tres principios: 

  • Reducir la cantidad de materiales y energía que se utilizan en la producción. 
  • Reutilizar los productos y materiales que ya no se utilizan.
  • Reciclar los residuos para crear nuevos productos. 

Por tanto, la Economía Circular busca integrar los residuos dentro del ciclo el mayor tiempo posible, para evitar la extracción de nuevos recursos y minimizar la cantidad de residuos que se envían a los vertederos. 

Recientemente, ha entrado en vigor la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una Economía Circular, que atañe, entre otros, al sector de la Ingeniería Civil y a su residuo estrella: los Residuos de Construcción y Demolición (RCD), Ley 7/2022, de 8 de abril, 2022).

Hasta ahora, los profesionales de la Ingeniería Civil nos hemos familiarizado con la documentación que es exigida en obra en relación a los residuos: el estudio de gestión de residuos en fase de proyecto o el plan de gestión de residuos en fase de obra (RD 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de residuos en obras de construcción y demolición)(RD 105/2008, 2008). Pero la experiencia nos ha demostrado que una cosa es lo que se piensa que se va a generar y otra muy distinta es lo que finalmente se genera. Es por ello por lo que comunidades autónomas como la del País Vasco integraron el Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y la gestión de los RCD, en las que se genera un informe final de gestión, en el que se acredita, asimismo, la realidad de lo que ha ocurrido en obra (Decreto 112/2012, 2012).

Pero, ¿por qué tanta legislación sobre algo que ya no queremos? Tenemos que considerar que el sector de la Construcción abarca en torno a una tercera parte de todos los residuos que se generan en la Unión Europea.

Actualmente, el sector de la Construcción es uno de los sectores más grandes y activos de la Unión Europea (UE). Diversos estudios aseguran que éste consume más recursos y más energía que cualquier otra actividad económica. Además, los RCD son los residuos más comunes producidos en la UE. Durante años, la UE ha legislado para implementar medidas para prevenir y reciclar estos residuos (Mália et al., 2013).

Debido al impacto negativo que los RCD han generado sobre el Medio Ambiente durante años y la alta tasa de residuos producido, la gestión de los RCD es una prioridad en las políticas a nivel global y ha comenzado a ser una prioridad para los programas de sostenibilidad alrededor del mundo.

Para poder ser un sector sostenible y respetuoso con las seguridad y con salud del planeta, el sector de la Construcción debe integrar el compromiso en los tres pilares de la sostenibilidad: medioambiental, económica y social (Chen et al., 2021). 

Volviendo al asunto, la Ley 7/2022 define de manera muy simple los RCD como aquellos residuos que son generados por las actividades de construcción y de demolición. Dentro de las medidas de prevención que se integran en el artículo 18 f), se busca reducir la generación de RCD, tomando en consideración las mejoras técnicas disponibles y las buenas prácticas ambientales. En cuanto a la pirámide del impacto que un RCD puede generar en el medio ambiente, debemos de considerar que la prevención (no producción del residuo) sería el menor impacto que se produce en el medio ambiente y la eliminación en vertedero autorizado sería el mayor impacto (Ley 7/2022, de 8 de abril, 2022).  

Para gestionar adecuadamente un residuo, debemos partir de la Lista Europea de Residuos (LER) y conocer si ese residuo es peligroso o no peligroso. Para ello, debemos saber la codificación numérica que le corresponde al residuo. Si nos centramos en los RCD presentes en la Decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE sobre la lista de residuos, podremos comprobar que estos residuos se centran principalmente en el capítulo 17, desglosándose en los códigos presentes en la tabla 1(Comisión Europea, 2014), que se puede ver en el artículo online en el último número de Cimbra.  

Dentro de cada codificación, los residuos se desglosan con un código específico de seis cifras. En ellos, diferenciamos unos residuos con el código de seis cifras sin asterisco, los cuales corresponden a la categoría de no peligrosos, y un residuo con el código de seis cifras con asterisco, los cuales corresponden a la categoría de peligroso.

También puede darse el caso de que el residuo en sí pueda aparecer con asterisco y sin asterisco frente a la misma descripción, teniendo, en este caso, un código espejo. Frente a esto, es necesaria la evaluación de las características de peligrosidad del residuo frente a 15 categorías subdivididas entre peligros físicos, peligros para la salud humana o peligros para el medio ambiente.

Existe una guía técnica actualizada del 2021, perteneciente al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, que ayuda a la clasificación de los residuos en caso de que nos enfrentemos a dudas (Tapia Carrasco, 2021).

Tal y como se muestra en la tabla recogida en el artículo completo, recogido en la versión online de Cimbra, como cualquier otro tipo de residuo, los RCD también se pueden clasificar en peligrosos y no peligrosos. A efectos prácticos, aquel residuo que se considera peligroso debe ser gestionado por un gestor autorizado, que será el que deba gestionar adecuadamente ese residuo con las condiciones de seguridad y de salud adecuadas, siendo la última opción la eliminación y saliendo, en este caso, fuera del ciclo de la Economía Circular.

En cuanto a los RCD no peligrosos, la Ley 7/2022 considera que, a partir del uno de julio de 2022, deberán ser clasificados en, al menos, las siguientes fracciones: madera, fracciones de minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso. Es importante considerarlo para la gestión de residuos en obras. También se clasificarán aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados tales como tejas, sanitarios o elementos estructurales.

¿Esta clasificación se realizará? De forma preferente en el mismo lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria (Ley 7/2022, de 8 de abril, 2022).

Entre los cambios más importantes en esta ley, se recoge que la demolición se llevará a cabo preferiblemente de forma selectiva y con carácter obligatorio a partir del uno de enero de 2024, garantizando la retirada de, al menos, las fracciones de residuos indicadas anteriormente, previo estudio que identifique las cantidades que se prevé generar de cada fracción, cuando no exista obligación de disponer de un estudio de gestión de residuos y prevea el tratamiento de éstos según la jerarquía de residuos.  

Para facilitar lo anterior, se establecerá reglamentariamente la obligación de disponer de un libro digital de los materiales empleados en las nuevas obras de construcción, de conformidad con lo que se establezca a nivel de la Unión Europea en el ámbito de la Economía Circular. 

También, como novedad, el RD 7/2022 establece requisitos de ecodiseños para los proyectos de construcción y de edificación, lo que permitirá que se piense en productos más sostenibles para el sector de la Ingeniería (Ley 7/2022, de 8 de abril, 2022). 

Para los residuos considerados peligrosos, podemos destacar la importancia que esta ley aporta a los residuos que contengan amianto o asbesto. Las fibras de asbesto consiguen alcanzar el organismo humano principalmente por inhalación de las fibras o partículas que se generan tras la manipulación, rotura o desgaste del material que lo contiene.

En 1978, fue declarada sustancia cancerígena, siendo prohibido su uso en España en el año 2002 (Luis et al., 2009). Sin embargo, las instalaciones y emplazamientos con amianto previamente construidas siguen estando presentes en nuestro país.

La nueva normativa supondrá importantes cambios para los ayuntamientos, debiendo, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, elaborar un censo de aquellas instalaciones y emplazamientos que contengan amianto y, además, deberán incluir un calendario que planifique su retirada. Este censo tendrá un carácter público y deberá ser remitida a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales competentes de las comunidades autónomas, debiendo éstas que inspeccionar para verificar que se han retirado y enviado a un gestor autorizado.

La retirada debe priorizarse especialmente a la población más vulnerable, especialmente a los niños en los centros escolares. La normativa establece en todo caso que las instalaciones o los emplazamientos de carácter público con mayor riesgo deberán estar gestionadas antes del 2028 (Ley 7/2022, de 8 de abril, 2022). 

Sin duda, la gestión de los RCD es una parte muy importante de la Economía Circular, ya que estos residuos albergan una gran cantidad de materiales reutilizables y reciclables que pueden ser reintegrados en nuevas estructuras. Por ello, la ley 7/2022 presupone que es el residuo que con mayor facilidad se podrá integrar en este nuevo enfoque. La ley estima que un mínimo del 70% en peso de la producción de los RCD no peligrosos se integrará dentro del ciclo. Para ello, debe contar con los trabajadores y trabajadoras del sector de la Ingeniería Civil, el cual tiene el reto de garantizar que los RCD se gestionen adecuadamente para aprovechar al máximo su potencial y reducir la huella ambiental. 

Referencias bibliográficas: 

  • Chen, K., Wang, J., Yu, B., Wu, H., & Zhang, J. (2021). Critical evaluation of construction and demolition waste and associated environmental impacts: A scientometric analysis. Journal of Cleaner Production, 287, 125071. https://doi.org/10.1016/J.JCLEPRO.2020.125071
  • Comisión Europea. (2014). Decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Diario Oficial de La Unión Europea, L370, 44–86. http://www.boe.es/doue/2014/370/L00044-00086.pdf
  • Decreto 112/2012,  de 26 de junio. (n.d.). DECRETO 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Boletín Oficial Del Estado. Retrieved February 21, 2023, from http://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2012/09/1203962a.pdf
  • Ley 7/2022, de 8 de abril,  de residuos y suelos contaminados para una Economía Circular. (2022). Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una Economía Circular. Boletín Oficial Del Estado. https://www.boe.es/buscar/pdf/2022/BOE-A-2022-5809-consolidado.pdf
  • Luis, G., Hernández, C., Rubio, C., Frías, I., Gutiérrez, A., & Hardisson, A. (2009). Toxicología del asbesto. Cuadernos de Medicina Forense, 57, 207–213. https://doi.org/10.4321/s1135-76062009000300003
  • Mália, M., De Brito, J., Pinheiro, M. D., & Bravo, M. (2013). Construction and demolition waste indicators. Https://Doi.Org/10.1177/0734242X12471707, 31(3), 241–255. https://doi.org/10.1177/0734242X12471707
  • RD 105/2008,  de 1 de febrero. (2008). Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Boletín Oficial Del Estado, 38, de 13 febrero, 7724–7730. https://www.boe.es/buscar/pdf/2008/BOE-A-2008-2486-consolidado.pdf
  • Tapia Carrasco. (2021). Guía Técnica Para La Clasificación De Los Residuos. In Gobierno De España (Vol. 2). https://www.miteco.gob.es/images/es/guiatecnicaclasificacionderesiduosnov_21_tcm30-509157.pdf

Autora. Cintia Hernández Sánchez. Licenciada y Doctora en Ciencias Ambientales, Ingeniera Técnica de Obras Públicas e Ingeniera Civil. Profesora Contratada Doctor de la Universidad de La Laguna.

Puedes disfrutar el artículo completo en el último número online de Cimbra, la revista de Ingeniería Civil del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.Â