
Las obras de IngenierÃa Civil Administradas
Miércoles, 05 Julio, 2023En el número 423 de Cimbra, la revista de IngenierÃa Civil del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, se recogÃa este artÃculo, que explica las obras de IngenierÃa Civil Administradas, para dar a conocer habilidades adicionales con las que han de contar nuestros profesionales a la hora de enfrentarse a los requisitos de la Administración, tales como conocimientos burocráticos y jurÃdicos.Â
Introducción
Queridos lectores, siento si después de leer este artÃculo quedáis defraudados por no haber encontrado por ejemplo una noticia vanguardista, un valor para un coeficiente de rugosidad, una solución a un problema o la fórmula perfecta para analizar los costes de una obra. Este artÃculo trata de aportar la otra realidad de la obra civil, la realidad que no se ve: la de su tramitación desde la perspectiva de su gestión en el seno de la Administración Pública. La mayorÃa de las veces esta realidad es incomprendida porque solamente nos centramos en la propia obra y en la solución técnica que se ha de adoptar sin reparar en su tramitación o gestión desde las Administraciones Públicas. ¿Cuántos hemos escuchado comentarios o juicios de valor hechos a pie de obra por ciudadanos criticando la solución adoptada, su coste o su plazo?
Yo mismo, en mi primera etapa de mi carrera profesional como técnico en una empresa privada, me centraba en la solución técnica de la obra, su coste, su calidad y su plazo, sin ser consciente de que aparte de buscar la solución técnica a un problema existente es necesario resolver otra serie de problemas o contratiempos que nada tienen que ver con la profesión. Es necesario pararse a reflexionar y levantar la cabeza para ver los problemas reales y pensar en una solución, aparte de la propia solución técnica (que ya está implÃcita en los proyectos).
Este artÃculo va dirigido, principalmente, a las mentes más jóvenes e inquietas ávidas de información técnica y cálculos complejos que les encumbre para conseguir el éxito. Decirles, desde mi propia experiencia vivida como profesional ejerciente, que tan importante es encontrar la mejor solución técnica a un problema, conjugando términos de eficacia y eficiencia, como saber la tramitación administrativa que hay que hacer desde que surge la necesidad de ejecutar una obra para resolver un problema hasta que se finaliza y se entrega al uso público.
Se puede tener la mejor solución técnica a un determinado problema, pero si no se sabe qué, cómo y qué procedimientos hay que llevar a cabo para poder resolver ese problema, desde el punto de vista de la gestión, habremos fracasado porque lo más probable es que esa solución técnica, después de un arduo proceso no llegue a tiempo para licitarse.
Los profesionales que nos dedicamos a la IngenierÃa Civil podemos tener redactado el mejor proyecto del mundo, pero como no sepamos vender el producto (proyecto con la solución a un problema), fracasaremos. Esto es muy importante y muy pocas veces nos paramos a pensar en ello porque estamos centrados en el proyecto.
Durante nuestra formación académica, ya desde bien jóvenes, cuando estamos estudiando en el instituto, tenemos que ir eligiendo ciertas asignaturas y nos centramos en las propias de ciencias olvidándonos de las asignaturas de letras, hasta que salimos de la universidad con carencias en la oratoria y en la prosa: es muy necesario saber hablar en público y aprender a redactar buenos textos porque, si no nos sabemos explicar bien cuando tengamos que dirigirnos a otra persona, entidad o administración pública, lo más probable es que no nos comprendan y no tendremos éxito en esa comunicación.
El éxito está en saber llegar a los demás y cautivarlos, preparándolos asà para que su respuesta esté alineada con nuestras pretensiones o necesidades. Las Obras Públicas se gestionan con la ayuda del lenguaje escrito desde que surgen hasta que se entregan al uso público: el proyecto, los pliegos de licitación, la resolución de adjudicación del contrato, las actas de obra, etc.Â
Por ello, necesitamos de nuestras amigas las letras, máxime cuando tenemos que leer e interpretar las leyes y la normativa aplicables a nuestra obra y a su tramitación. Cuanto mejor dominemos el lenguaje y nuestra prosa, a parte del conocimiento propio de la legislación, mayores probabilidades de éxito en la tramitación de la obra obtendremos.
Formación complementaria y adaptación a la realidad
En la actualidad, es muy necesario tener formación complementaria y conocimientos en los ámbitos de las letras porque tenemos que leer e interpretar las leyes que rigen la Obra Pública desde la fase de proyecto. Además, dentro de la propia Administración, para iniciar el expediente de una Obra Pública, los técnicos nos enfrentamos a la preparación y a la tramitación de memorias, informes y, en general, de documentos que tienen que seguir una tramitación administrativa para ser aprobados. En el momento en el que los diferentes órganos gestores observen o adviertan la más mÃnima duda o incertidumbre, solicitarán la aportación de información complementaria que aclare o justifique las observaciones o advertencias expuestas con el consiguiente retraso en la tramitación del expediente.
Por eso es muy importante tener conocimiento de las leyes y del funcionamiento de las Administraciones Públicas al objeto de saber lo que nos piden y cómo tenemos que expresarnos. Si no está bien justificada la necesidad de acometer una obra lo más probable es que se quede fuera del plan anual de contratación.Â
Esto mismo nos ocurre cuando nos ponemos delante de un programa de cálculo ingenieril para obtener un resultado con el que diseñar o dimensionar una obra civil como pueda ser la lámina de agua en la avenida con un periodo de retorno de 500 años o para obtener los momentos flectores en un pórtico. Si no sabemos manejar el programa, por muchos datos que le introduzcamos, el resultado no va a ser válido.
Cuando estamos ante una obra civil, no podemos obsesionarnos con encontrar el coeficiente de seguridad perfecto o las cuantÃas de acero ideales y abstraernos de la realidad de la obra (la que verdaderamente ocurre desde la Administración, su gestión), porque fracasaremos por inanición. Aparte de tener una buena idea, hay que bajarla a la tierra desde la nube, ponerla patas y echarla a andar (tramitar esa idea).
No nos podemos conformar con ser un buen Ingeniero/a en un determinado ámbito profesional y estar encerrado en esa realidad porque tanto si ejercemos la profesión en el sector privado como si la ejercemos en la propia Administración Pública vamos a tener que gestionar las obras desde la perspectiva del sector público utilizando como herramienta la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurÃdico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
Por lo tanto, un profesional del sector de la IngenierÃa Civil, aparte de ser buen profesional, debe tener conocimientos en el ámbito jurÃdico que le permita desenvolverse con soltura en la gestión de las Obras Públicas desde la perspectiva del régimen jurÃdico. La obra pública no está sola en una isla, sino que está en un contexto en el que interactúa con varios agentes intervinientes como es la propia Administración por el mero hecho de financiarse con dinero público. Por otro lado, aunque estemos desarrollando una obra privada, esa obra privada se situará en un contexto y entorno en el que es necesario la solicitud de permisos o trámites administrativos con algún ente antes de poder finalizarla.
Como he dicho antes, no vale con ser buen Ingeniero en tu campo porque si trabajas en la Administración como técnico tienes que gestionar las Obras Públicas desde el punto de vista del sector público, aplicando el “manual jurÃdico del Ingeniero Civil en la Administración Pública†(La Ley de Contratos del Sector Público) y dedicando gran parte de tu tiempo a la burocracia de los expedientes de las obras y el poco tiempo restante haciendo un esfuerzo para sacar tiempo y visitar las obras. Por todo ello, otro aspecto muy importante de las obras junto con la calidad, los plazos y el coste es su tramitación administrativa sin la cual la obra no podrÃa avanzar. Aquà radica la necesidad de desenvolverte como pez en el agua en el ámbito jurÃdico, sÃ, un Ingeniero con conocimientos y dominio de la materia jurÃdica: la de los “letradosâ€.Â
Tramitación administrativa de una obra de IngenierÃa Civil
Para finalizar, os resumo brevemente la tramitación administrativa de una obra de IngenierÃa Civil desde que surge la necesidad de realizarla hasta que se logra iniciar su ejecución.
Otro dato importante para poder entender bien todo este proceso de las obras de IngenierÃa administradas es saber que sin la dotación presupuestaria necesaria donde cargar el gasto de la obra no se puede tramitar su expediente. Un contrato celebrado por la Administración Pública, si no tiene el crédito (dinero) necesario o suficiente es nulo de pleno derecho, además sin la existencia de ese crédito no se puede iniciar la fase de licitación de la obra.
Previamente, cuando se elaboran los Presupuestos Generales Anuales de la Administración, sus órganos gestores planifican y establecen los gastos de las obras que se van a acometer. Si la obra que queremos ejecutar tiene asignación presupuestaria en los Presupuestos Generales estamos de suerte y podremos iniciar la tramitación necesaria para poder ejecutar nuestra obra.
Pero mucho antes de llegar a la fase de obra, lo primero que hay que hacer es redactar el proyecto técnico, que es el documento que sirve de base para poder licitar la obra, aparte de ser el documento donde se define y valora económicamente la obra que realizar.
Una vez redactado el proyecto técnico, se aprueba por el órgano competente. Pero de acuerdo con el art. 235 de la LCSP, antes de la aprobación del proyecto, cuando el proyecto iguala o supera la cuantÃa económica de los 500.000 euros sin IVA o aún sin llegar a igualar esa cuantÃa las obras incluidas en el proyecto afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, es preceptivo someter dicho proyecto a supervisión.
Una vez que contamos con el proyecto redactado y aprobado, lo siguiente es preparar toda la documentación administrativa necesaria para poder iniciar la fase preparatoria del expediente e iniciar su licitación.
Al ser un contrato de obras, no es necesario la realización de un informe de necesidad junto con la memoria justificativa. La memoria justificativa o propuesta de contratación es un documento que recoge toda la información de carácter técnico, económico y administrativo que servirá de base para la elaboración del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, documento que regirá el proceso de la licitación del contrato y su posterior ejecución de las obras (se puede decir que el PCAP es el prospecto del medicamento llamado obra).
En la memoria justificativa se recogen, al menos, el objeto del contrato, los datos del proyecto (fecha de aprobación, importes, plazo, etc.), si tiene división en lotes, los códigos CPV de la obra, la justificación de la necesidad de llevar a cabo la obra, la partida presupuestaria que soportará el gasto y la distribución de anualidades de ese gasto, el procedimiento elegido para su licitación, los criterios de adjudicación, desempate y ofertas anormalmente bajas, la solvencia económica y financiera, técnica y profesional que deben tener los licitadores, las obligaciones generales y esenciales que regirán el contrato de obra, las penalidades, el responsable del contrato y la forma de abono de la obra.
Con la memoria justificativa debidamente firmada, se solicita la consignación presupuestaria para esa obra que se pretende licitar. Es decir, se solicita la retención o la reserva de crédito a la oficina presupuestaria. Dicha retención de crédito también tiene que ser aprobada y pasar una serie de controles y comprobaciones.
Con el proyecto aprobado, la memoria justificativa y la retención de crédito finaliza la fase preparatoria de la tramitación administrativa y se inicia la fase de preparación, licitación y adjudicación del contrato.
Antes de poder licitar la obra es necesario redactar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) que sirva de base para la licitación de la obra. AsÃ, el documento que contiene toda la información necesaria que ha de regir en la licitación de la obra.
Una vez redactado, se remite al Servicio JurÃdico de la Administración para que se pronuncie al objeto de conocer si dicho pliego cumple con la LCSP. Dicho informe es preceptivo aunque no es vinculante, por lo que se atienden las observaciones indicadas o llegado el caso se justifican los extremos de no atender dichas observaciones. Por último, el PCAP será aprobado antes de proceder a la licitación del contrato.
En paralelo a la tramitación que sigue el PCAP es necesario continuar con la tramitación administrativa para dotar económicamente a la obra. El siguiente paso es convertir o transformar ese dinero que está reservado para la obra en la autorización del gasto máximo (normalmente coincide con el presupuesto base de licitación IVA incluido del proyecto a menos que haya otros gastos como licencias, tasas, etc.) que va a suponer la obra.
Una vez que tenemos el gasto autorizado y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado, procederemos a publicar la licitación de la obra en el perfil del contratante, iniciándose asà el plazo para que las empresas que estén interesadas en ejecutar la obra presenten su oferta.
Después de la publicación de la licitación
Pasado el plazo de presentación de ofertas por parte de los licitadores, se llevará a cabo un proceso para la adjudicación de la obra conforme lo señalado en el PCAP. El licitador que haya presentado la mejor oferta de todas las presentadas será propuesto para su adjudicación. Si la empresa aporta la preceptiva documentación que exige la LCSP en cuanto a solvencia, disposición efectiva de medios adscritos a la obra y constitución de la garantÃa definitiva se convertirá en adjudicatario de la obra.
Adjudicada la obra y formalizado el contrato, se procederá a la redacción y aprobación del Plan de Seguridad y Salud de la obra para, a continuación, firmar el acta de comprobación del replanteo que es el acto administrativo por el que se inicia la obra.
Como habéis podido comprobar, todo este proceso es una tarea ardua que merece especial atención para que se complete en el menor tiempo posible debido a su dilatada duración.
Para finalizar y conectando con el principio del artÃculo, quiero comentar que durante todo este proceso de tramitación administrativa de la obra lo que más utilizamos es el lenguaje y nuestra prosa, por eso es conveniente que tengamos un cerebro muy rico en letras.
Sirva este artÃculo para que cuando emitamos un juicio de valor sobre una obra pensemos en todo lo que no se ve que la precede y que seguramente la justifique y también en despertar en los más jóvenes la necesidad de seguir aprendiendo y formándose en el ámbito de las letras.
Autor. Abel Caro Jiménez. Ingeniero Técnico de Obras Públicas y Grado en IngenierÃa Civil, Curso Superior Universitario de Peritación de Automóviles. Jefe de Negociado del Servicio de Conservación y Explotación de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias y Portuarias del Gobierno del Principado de Asturias.Â
Puedes acceder al artÃculo completo en el número 423 de Cimbra, la revista de IngenierÃa Civil del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, aquÃ.Â