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Ãmbitos de actuación de la Ingeniería Civil. Seguridad y en la Salud en el Trabajo

Martes, 16 Julio, 2024

Nos adentramos en la nueva campaña del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas para la divulgación de la profesión. En este caso, se trata de “Ãmbitos de actuación de la Ingeniería Civilâ€. 

Si hace unos días hablábamos, de manera general, de los campos en los que se puede desarrollar la Ingeniería Técnica de Obras Públicas, ahora nos adentramos en uno de los ámbitos con mayor desarrollo en la Construcción: la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Si bien este artículo es un resumen, se puede contar con más información tanto en la web del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas como en el número 424 de Cimbra, nuestra revista técnica, que contó en dicha edición con un artículo específico, realizado por nuestros Servicios Jurídicos. 

Legislación específica

La Seguridad y Salud en el Trabajo es uno de los puntos más destacados en sectores como el de la Construcción. Con unos altos índices de siniestralidad, es fundamental controlar cada uno de los procesos de trabajo para evitar accidentes, especialmente en entornos con maquinaria y materiales pesados.

Así, tanto desde el Gobierno como desde la Unión Europea se ha desarrollado legislación cada vez más punitiva para permitir la reducción de los accidentes y especialmente, de los fallecidos en el trabajo.

Así pues, mencionamos a continuación las principales leyes que destacan en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo, tarea desempeñada por nuestros ITOP e Ingenieros Civiles.

  • Directiva 92/57/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1992, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles.
  • De esta directiva y de su transposición, nace la “Ley 31/1995, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, que tiene como objeto la determinación del cuerpo básico de garantías y de responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Ello, en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz de prevención de los riesgos laborales (Cimbra, 424)â€. 
  • Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, que nace de la anterior ley, dispone los elementos específicos y obligatorios de la Seguridad y Salud en el Trabajo. 

Dejando a un lado el tema de la edificación, del que sí se habla en el artículo recogido en el número 424 de Cimbra,  nos enfocamos en el papel del Ingeniero Civil como técnico responsable de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Así, según el último decreto referenciado, el 1627/1997, se habla de “técnico competente†para la salvaguarda de la Seguridad y Salud en el Trabajo como aquellos profesionales de la Arquitectura, de la Arquitectura Técnica de la Ingeniería y de la Ingeniería Técnica. 

El Ingeniero Civil en la Seguridad y Salud en el Trabajo

Atendiendo a este último punto, el de idoneidad por parte de la ley de los Ingenieros Técnicos, cabe resaltar que los egresados en el Grado de Ingeniería Civil acceden, con su título, a la profesión de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Por ello, tanto los ITOP como los Ingenieros Civiles pueden, por ley, desempeñar el puesto de Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, nuestros profesionales, suelen realizar las tareas de Jefe de Obra, siendo su perfil el más adecuado para el desempeño de dichas labores. 

A la hora de determinar las diferentes funciones de los técnicos encargados de reducir la siniestralidad en ámbitos de trabajo como las obras de Construcción, hemos de consultar toda la documentación estipulada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 

Además, este organismo público es uno de los destacados en formación en el ámbito referido, fundamental para el correcto desempeño de la función de Coordinador de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Independientemente de este último punto, queda constatado que los Ingenieros Civiles son los profesionales idóneos para el desempeño de dicha labor, dada su formación técnica y su conocimiento del sector Construcción.

Puedes conocer más sobre este ámbito de actuación de la Ingeniería Civil en este artículo de Cimbra, realizado por los Servicios Jurídicos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.Â