
Modificación del Reglamento General de Circulación en julio
Lunes, 30 Junio, 2025Tal y como ha compartido AFASEMETRA, La Asociación de Fabricantes de Señales Metálicas de Tráfico, el próximo uno de julio entrará en vigor el nuevo Reglamento General de Circulación.
Tal y como se anuncia en su web, el 17 de junio “se ha publicado en el B.O.E. el Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico. Se modifica el tÃtulo IV. De la señalización, y se publican, el Catálogo de señales verticales de circulación, Tomo I Definición de las señales y Tomo II Dimensiones de las señales y el Catálogo de marcas vialesâ€.
El nuevo Real Decreto entrará en vigor mañana, uno de julio, si bien los nuevos catálogos se deberán aplicar a proyectos con orden de estudio posterior a la implantación de la norma.
“Además, se podrán mantener las señales instaladas contempladas en el anexo I del Reglamento General de Circulación antes de la fecha de entrada en vigor de este real decreto, no siendo necesaria su sustitución para su adaptación al nuevo Catálogo, excepto las señales suprimidas, que deberán ser retiradas en el plazo de un año desde la citada fecha. El nuevo catálogo se aplicará cuando las señales sean renovadas debido a su estado de conservaciónâ€.
Si atendemos el Real Decreto 465/2025 de 10 de junio, este determina que la modificación del Reglamento General de Circulación responde al interés general, “al basarse en una identificación clara del fin perseguido de mejora de la Seguridad Vialâ€.
Si bien todos los cambios que se presentan se pueden conocer a través del texto, publicado en el BoletÃn Oficial del Estado, desde la Dirección General de Tráfico nos ofrecen información adicional sobre las principales novedades: “la modificación del diseño y de la definición de numerosos elementos de señalización, incluidas señales verticales, marcas viales y una clarificación especÃfica de la señalización circunstancial. También se introducen nuevas señales que responden a demandas actuales y se eliminan aquellas que han quedado obsoletas o que ya no están contempladas por normativas recientesâ€.
Es el caso, por ejemplo, de la cartelerÃa de nombre de los ayuntamientos, que incorporarÃan el lÃmite de velocidad en el término municipal. Asà lo explican desde la DGT: “Las modificaciones buscan alinear el reglamento con la Ley sobre Tráfico, mejorar la comprensión y visibilidad de las señales, modernizar pictogramas como los del ferrocarril o la bicicleta y dar una mejor respuesta a las necesidades de peatones y ciclistas. Asimismo, se ajustan los tamaños para favorecer una fabricación más eficiente y sostenible, se amplÃa la información en estaciones de servicio con nuevos tipos de combustibles, se incorporan señales más detalladas de aparcamiento y se modifican otras debido al trabajo de humanización que se está realizando en multitud de municipiosâ€.
Por otro lado, se eliminarán las connotaciones de género en la señalÃtica y se permitirá una adaptación más rápida del cambio de las señales gracias a un nuevo proceso de aprobación por parte del Ministerio de Trabajo y Movilidad Sostenible y del Ministerio del Interior.
AsÃ, el Real Decreto establece dos grandes áreas en relación a las novedades: los cambios en señales ya existentes y las nuevas. Para ello, la DGT ha preparado información sencilla de divulgación a conductores y profesionales.
Desde el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, os animamos a conocer más sobre el nuevo Reglamento General de Circulación, imprescindible para los Ingenieros Civiles, en la web de la Dirección General de Tráfico.