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Los Ingenieros Civiles podrán redactar Informes de Evaluación de Edificios en Viviendas de la Comunidad Valenciana

Viernes, 08 Enero, 2021

El pasado 31 de diciembre, el Consejo Superior de Colegios Profesionales de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales, COGITI, publicaba la noticia de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en relación al “artículo 8 del Decreto 53/2018, que en su texto delimita las condiciones para la evaluación del estado de conservación de un edificio, así como para de las condiciones básicas de accesibilidad universal y la evaluación de su eficiencia energética”.

En este sentido, la resolución primera, aún no definitiva, estipula que “esa reserva de actividad que supuestamente atribuye la LOE en este ámbito a Arquitectos y Arquitectos Técnicos no es tal pues los Informes de Inspección Técnica de los edificios de viviendas no tienen la naturaleza de proyectos de obras ni de dirección de obras, ni de dirección de ejecución de obras y una cosa es la exigencia de la titulación necesaria para realizar un proyecto de edificación o dirección de obra de un edificio según su uso como distingue la LOE y otra que esa misma titulación sea la requerida para realizar el informe técnico del estado de un edificio de viviendas ya construido. Y reproduciendo ahora argumentos contenidos en la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional no 143/2017, de 14 de diciembre: 'A estos efectos, se tendrá en cuenta la titulación, la formación, la experiencia y la complejidad del proceso de evaluación'. 

Ante esta nueva perspectiva, en el que se rompe la exclusividad hasta ahora de los Arquitectos y Arquitectos Técnicos, los Ingenieros Civiles podrán llevar a cabo, junto con otros profesionales, la inspección técnica de los edificios. 

Tal y como nos comentan desde la Zona de Alicante del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, “la denuncia interpuesta en la CNMC fue a iniciativa de la Mesa de Ingeniería de Alicante, agrupación de los colegios de graduados en Ingeniería (Obras Públicas y Civiles, Industriales, Agrícolas, Telecomunicaciones y Topografía) en la provincia, en la que se denunciaba el Decreto y en concreto su artículo 8 antes indicado. Después de casi 3 años desde el inicio del expediente ante la CNMC, los Colegios Profesionales de Ingenieros de Alicante valoran muy positivamente esta sentencia, que abre la puerta al acceso de profesionales cualificados en el ámbito de la vivienda”. 

Un nuevo ámbito de actuación

Con esta sentencia, aún no definitiva, se abre la puerta a un nuevo ámbito de actuación de nuestros profesionales, que podrán llevar a cabo la inspección técnica de los edificios de viviendas en el ámbito de la Ingeniería Civil. 

Esta resolución es fruto de la labor de los Colegios Profesionales para el incremento de atribuciones de sus Colegiados, siempre con base en la profesionalidad y en la capacitación técnica de todos ellos para la realización de dichas tareas.

El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas es una corporación de carácter público cuyo objetivo es la defensa y la difusión de la profesión. Actualmente, el CITOP representa a 15.000 colegiados en toda España, dedicados a la Ingeniería Técnica de Obras Públicas y a la Ingeniería Civil. 

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