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Nuevos límites contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos

Miércoles, 13 Enero, 2021

Con fecha de 23 de diciembre de 2020, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el “Real Decreto 1154/2020, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.”

Esta aprobación se debe a los cambios de directiva en la Unión Europea y a su transposición a la legislación española, tal y como define el BOE en la publicación de hace unas semanas. “Actualmente la Directiva 2004/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, ha sido modificada mediante la Directiva (UE) 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.

Se modifican, en concreto, el anexo I que contiene la lista de sustancias, mezclas y procedimientos, y el anexo III referido a los valores límite de exposición profesional para determinados agentes cancerígenos. A consecuencia de ello resulta necesario modificar el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, con objeto de cumplir con la transposición al Derecho español del contenido de la Directiva (UE) 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, actualizando su anexo I, para añadir los trabajos que supongan exposición al polvo respirable de sílice cristalina generado en un proceso de trabajo, y su anexo III, para incorporar los nuevos agentes de la directiva y sus correspondientes valores límite de exposición profesional”. 

En este sentido, cuenta con un protagonismo especial “la exposición al polvo respirable de sílice cristalina”: “para el resto de los agentes ahora regulados se establecen los valores límite de exposición profesional de la directiva, excepto para el polvo respirable de sílice cristalina, la acrilamida y el bromoetileno, para los que se incluyen, de acuerdo con el criterio técnico del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, los valores límite ambientales publicados por este Instituto en el «Documento sobre límites de exposición profesional para agentes químicos en España», estableciéndose en el caso del polvo respirable de sílice cristalina, como medida transitoria, un valor límite de 0,1 mg/m3 hasta el 31 de diciembre de 2021”.

Todas estas nuevas medidas se actualizarán en la guía técnica del Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo, siendo de consulta pública para todos aquellos profesionales que puedan verse afectados por el tratamiento de estos elementos en el lugar de trabajo. 

De esta manera, según reconoce la publicación del BOE, se trata de incrementar la Seguridad y la Salud en el espacio de trabajo, evitando en los empleados riesgos a medio y largo plazo. 

Sílice Cristalina Respirable

La Sílice Cristalina Respirable (SCR) es uno de los elementos que se tienen en cuenta en la nueva legislación sobre exposición a agentes cancerígenos, pero ¿cómo se define? 

Según la web del mismo nombre, dependiente de la Fundación Laboral de la Construcción y con el apoyo de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales F.S.P., “es la mezcla o sustancia que contiene sílice en estado cristalino (en contraposición del estado amorfo, que teniendo la misma composición no está ordenado a nivel de estructura interna), ya sea como parte de una mezcla o componente mayoritario”. 

En la Construcción, esta sustancia es utilizada en la Construcción para la realización de materiales como los áridos, el hormigón, el mortero y cerámicos, entre otros. Por ello, es de vital importancia la creación de normativas para su uso, en beneficio de los trabajadores.

Entre las enfermedades que se pueden desarrollar ante una exposición inadecuada a la Sílice Cristalina Respirable, destacan la silicosis, el cáncer de pulmón y Enfermedades Pulmonares Progresivas. 

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