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Resolución favorable al CITOP en Priego de Córdoba

Lunes, 23 Agosto, 2021

El pasado 26 de marzo de 2021, el Ayuntamiento de Priego de Córdoba publica el anuncio de licitación “Pliego de cláusulas administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que contiene el expediente de contratación para la contratación del servicio de redacción del proyecto y del estudio de seguridad y salud, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras, para la actuación de rehabilitación integral y puesta en valor de la calle Río de Priego de Córdoba, dentro de la estrategia de desarrollo urbano sostenible e integrado, EDUSI “Priego de Córdoba 2020”, cofinanciada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del programa operativo plurirregional de España 2014-2020, disponiendo a apertura del procedimiento abierto simplificado”.

El 23 de abril, con motivo de la no inclusión de los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas en la relación de personal competente para la realización de los trabajos, se deduce recurso de reposición por parte del CITOP ante el Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en el que se defiende el siguiente argumento: “los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas y/o los Graduados en Ingeniería Civil son técnicos competentes para la realización de los trabajos objeto de licitación, por lo que se solicita la suspensión de la ejecución del proceso de licitación, permitiendo que estos titulados puedan acceder al procedimiento, sin ningún requisito de dependencia de otros profesionales”.

Resolución

En base a lo reclamado por el Colegio y teniendo en cuenta el Pliego de Cláusulas Administrativas, en su cláusula 9.2.b., “se entiende que el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas está legitimado, en tanto que representan los intereses de un colectivo, igualmente interesado en participar en el procedimiento de contratación referido”. 

Por ello, desde el Ayuntamiento, se ha anunciado el compromiso de “subsanar la deficiencia mencionada en la cláusula 9.2 a cláusula 9.2 relativa a la solvencia técnica o profesional Pliego de cláusulas administrativos incoando nuevo procedimiento de contratación incorporando nuevos pliegos, conservando aquellos actos que no están afectados por la citada deficiencia dando nuevo plazo para presentación de ofertas, elevándose previo cumplimiento de los trámites legalmente establecidos al órgano de contratación para su aprobación”.

Se trata de un nuevo paso, llevado a cabo por el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, para la no discriminación de los ITOP y de los Graduados en Ingeniería Civil en las licitaciones llevadas a cabo por la Administración.

Desde el CITOP, se continúa con la defensa de nuestros profesionales en todos los ámbitos, en especial en lo referente a sus competencias y ámbitos de actuación