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El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, función, utilidad y derechos de los colegiados

Lunes, 13 Julio, 2020

El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas es una Corporación de Derecho Público de ámbito territorial estatal, cuyos fines esenciales son el servicio a la sociedad, la ordenación del ejercicio de la profesión, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados.

Sus estatutos, aprobados en Asamblea de 27 de abril de 1996 y por Real Decreto 140/2001 de 16 de febrero, están publicados en el BOE 54 de tres de marzo de 2001. 

Reglamento General del CITOP

El Reglamento General del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas regula la vida colegial en el marco de la legislación vigente y de las normas estatutarias, en aquellos aspectos que no se incluyen en los Estatutos.

La última modificación del Reglamento General fue aprobada en la Asamblea celebrada en Santander el 11 de junio de 2016 y, actualmente, es la que se encuentra en vigor.

En cuanto a los principios y estructura, el Reglamento estipula los siguientes puntos principales en estos ámbitos: 

  • Ámbito territorial que alcanza todo el Estado español.
  • Pluralismo participativo e igualitario.
  • Democracia y solidaridad en la estructura y funcionamiento internos.
  • Unidad colegial, presupuestaria y patrimonial.
  • Obligatoriedad de colegiación.

Los objetivos marcados por el mismo documento, firmado en Santander en 2016, son:

  • Servicio a la sociedad.
  • Defensa y desarrollo de la profesión, de los objetivos profesionales y ordenación del ejercicio profesional. 
  • Representación exclusiva de la profesión.
  • Defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
  • Promoción de la función social del Ingeniero Técnico de Obras Públicas o Ingeniero Civil y el reconocimiento de su prestigio, dignidad y contenido esencial.
  • Velar por la deontología profesional del colegiado en el respeto a los derechos de los ciudadanos.

¿Qué utilidad ofrece el CITOP al colegiado?

Se trata de una de las primeras preguntas que se formulan nuestros colegiados al ingresar en el CITOP. Así, el ejercicio en España de la profesión de Ingeniero Técnico de Obras Públicas requiere estar colegiado, al igual que ocurre con otras profesiones y según lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley de Colegio Profesionales 2/1974 de 13 de febrero, modificada por la Ley 74/1978 de 26 de diciembre, por la Ley 7/1997 de 14 de abril y por el Real Decreto-Ley 6/2000 de 23 de junio y en el artículo cuatro de los Estatutos del CITOP). 

En cuanto a los derechos de los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas colegiados, éstos son:

  • Ejercicio de la profesión.
  • Ser asistido, asesorado y defendido por el Colegio en cuantas cuestiones de carácter profesional para su registro y visado.
  • Cobrar los honorarios de los trabajos visados a través del Colegio.
  • Utilizar y beneficiarse de todos los servicios del Colegio.
  • Ser elector de los órganos colegiados y elegible para ellos cuando se reúnan las condiciones fijadas en los Estatutos y participar activamente en sus asambleas.
  • Recibir las publicaciones colegiales.
  • Expresar su opinión sobre cualquier aspecto profesional y corporativo, en las distintas publicaciones.

Los servicios que se ofrecen, si bien se encuentran con mayor detalle en este artículo, son:

  • Servicio de búsqueda de empleo. El CITOP dispone de una agencia de colocación, siendo una de las prioridades el empleo de todos sus colegiados.
  • Convenios especiales con entidades financieras.
  • Convenios propios con aseguradoras.
  • Cursos de Especialización Profesional.
  • Gestión de la lista de peritos judiciales.
  • Convenios preferentes con otros Colegios Profesionales para el intercambio de servicios.
  • Becas de formación y convenios con bibliotecas especializadas.
  • Gestión, tramitación y cobro de los honorarios profesionales.
  • Correo electrónico corporativo, etc.

El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas ha continuado, durante el Estado de Alarma, con la prestación de servicios a sus colegiados a través de vía telemática y mediante la atención tanto a través del Consejo como de las zonas colegiales del mismos. Ya también de manera presencial, se continúa con la defensa de la Ingeniería Técnica de Obras Públicas mediante acciones de difusión de la profesión a través de las plataformas propias y ajenas del Colegio.  

Los colegiados pueden contactar con el CITOP a través de la sede del Consejo o mediante las 21 zonas colegiales en toda España.